Verifactu 2027: dos plazos, una checklist
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Última revisión: 27 de octubre de 2026
Una ayuda de trabajo, no asesoramiento contable, fiscal, jurídico ni laboral. Contrástala con tus propias políticas, contratos y obligaciones.
Verifactu, el reglamento que fija los requisitos de los sistemas informáticos de facturación, ya no es para 2026. El Real Decreto-ley 15/2025 retrasó un año la adaptación. Ahora hay dos fechas, según cómo tribute tu negocio: 1 de enero de 2027 y 1 de julio de 2027.
Qué dice el BOE
El Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, aprueba el Reglamento de los sistemas informáticos de facturación. Su disposición final cuarta, en la redacción que le da la disposición final primera del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE núm. 290, de 3 de diciembre de 2025, BOE-A-2025-24446), dice:
- Los obligados del artículo 3.1.a), es decir, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, deben tener adaptados sus sistemas informáticos antes del 1 de enero de 2027.
- El resto de obligados del artículo 3.1 deben tenerlos operativos antes del 1 de julio de 2027. Según el artículo 3.1, son los contribuyentes del IRPF que desarrollan actividades económicas, los contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente y las entidades en atribución de rentas con actividades económicas.
El Congreso convalidó el Real Decreto-ley 15/2025 (Resolución de 11 de diciembre de 2025, BOE-A-2025-25695).
Fuentes: Real Decreto-ley 15/2025 en el BOE y texto consolidado del Real Decreto 1007/2023.
La factura electrónica obligatoria entre empresas de la Ley 18/2022 (Crea y Crece) es otro calendario. No hemos podido confirmar sus fechas de aplicación en el BOE a la fecha de esta revisión, así que no las damos aquí.
Checklist: dos plazos, una lista
Esta checklist te ayuda a ordenar el trabajo. No dice si tu negocio está obligado ni qué fecha te corresponde: eso lo decides tú con tu asesor.
Primero, tu fecha
- Sabes por qué impuesto tributa tu negocio: Sociedades (antes del 1 de enero de 2027) o IRPF, IRNR con establecimiento permanente o atribución de rentas (antes del 1 de julio de 2027).
- Si tienes varias sociedades, has anotado la fecha de cada una.
Tu software de facturación
- Has preguntado por escrito a tu proveedor de software cuándo estará adaptado al Reglamento y cómo lo acredita.
- Sabes qué programas emiten facturas en tu empresa: facturación, TPV, ERP, hojas de cálculo.
- Ningún flujo de facturas depende de una hoja de cálculo editable sin registro de cambios.
Tus datos
- Los datos de tus clientes están completos: razón social, NIF, dirección.
- Tus series de numeración son correlativas y sabes quién puede crear una nueva.
- Las facturas rectificativas siguen el mismo circuito que las facturas.
Antes de la fecha
- Has hecho una prueba completa con tu sistema adaptado.
- Has fijado un día de cambio, lejos del cierre de mes.
Dónde te ayuda Flowtly
Flowtly prepara tus facturas a partir del tiempo, los proyectos y los contratos. En canales: Peppol de la UE hoy, Verifactu previsto. Flowtly no es un sistema certificado Verifactu ni sustituye a tu programa de contabilidad.
Más información: la facturación electrónica con Flowtly.